Alberto Fernández validando la mala praxis y la muerte, la Salud Pública en riesgo

 


Cuesta encontrar un presidente en la historia de los argentinos que haya demostrado un menos precio por la salud pública y la vida de los argentinos como el que ha demostrado y parece querer seguir haciéndolo como el de Alberto Fernández, un tipo que fui el único advertía apenas asumió el cargo no estaba capacitado para el ejercicio de la presidencia, pero me quedé muy corto en las apreciaciones que fundaban mis comentarios.

Rodeado de un gabinete de inútiles y peligrosos, no se podía esperar nada bueno, pero ni en la peor de las pesadillas uno podía imaginar a que punto esta gente nos dejaba a los argentinos expuestos y vulnerables ni la peor de las conspiraciones que se denunciaban rodeaba las medidas por el COVID-19 son tan peligrosas como las que ha tomado el gobierno nacional y que en un acto irresponsable y criminal en el día de la fecha han extendido en contra de la salud y la vida.

Decreto DNU260/2020

Para comprender lo improvisado de esta medida hay que entender que es un DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia). Un decreto de necesidad y urgencia (DNU.) es un tipo de norma existente en la República Argentina que, a pesar de ser sancionada solo por el Poder Ejecutivo, tiene validez de ley. Una vez promulgado el DNU, el Congreso tiene las atribuciones para analizarlo y determinar si continúa vigente o no. Este tipo de legislación está contemplado en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.

Dicho esto, la responsabilidad de la vida y la muerte de miles de argentino que se extiende de manera peligrosa a millones de potenciales víctimas es extendida a los legisladores de todos los partidos que rosquean en el Congreso de la Nación, pero claro, ellos no se atienden en centros de salud pública ni son afiliados al PAMI, es decir, como a ellos no les toca ni se preocupan.

Los fundamentos del DNU 260 siempre fueron problemáticos y más en un país como la Argentina donde nadie controla nada y cualquier inescrupuloso aprovecha el miedo y la necesidad para hacer un excelente negocio.

El artículo más polémico del DNU es el 8vo que reza lo siguiente: Autorizar, en forma excepcional y temporaria, la contratación y el ejercicio de profesionales y técnicos de salud titulados en el extranjero, cuyo título no esté revalidado o habilitado en la República Argentina.

Si nos atenemos a la Ley, el DNU abría una peligrosa puerta para la aparición de seudo médicos, que aprovechando la falta de controles comenzaron a usar una misma matrícula provisoria, pasando al absurdo de que un médico registrado tenía 11 homónimos que en realidad eran N.N., con lo cual podían trabajar en la clandestinidad y con la impunidad de que no recibirían sanción alguna.

Esta grave afirmación no es personal, ni es desconocida por las autoridades políticas de los ministerios de salud, al respecto cito dos ejemplos con una margen de 2 años de diferencia para que se tome dimensión de la gravedad de que en 2 años nadie se ocupó de la salud pública, claro es un excelente negocio para todos, abrís o compras una clínica medio pelo, contratas monotributistas en lugar de empleados formales, como es el caso de la Clínica Avellaneda Medical Center nombre de fantasía de Organización Médica S.A CUIT: 30-69450385-9 que posee hasta los empleados de seguridad como monotributistas, además de un plantel médico de dudosa reputación desde el director médico Martín Alberto Oria Mat. 80.135 y Mat.Prov. 445.720, quien arrastra denuncias de muertes bajo su dirección en el Sanatorio de la UOM Avellaneda, pero estas cosas no las informan, uno debe investigar cuando es el Estado quien debería darnos las garantías de un sistema de salud que nos cuide y no que nos mate.


 

En este link pueden leer una noticia del 2020 que alertaba una situación grave, pero nadie hizo nada, lean bien, ejercicio ilegal de la medicina:

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